lunes, 1 de diciembre de 2008

Instituciones de la República Romana

Aquí posteo unos fragmentos de textos muy interesantes acerca del funcionamiento y competencia de algunas de las más importantes instituciones de la República Romana ( 509 a. C.- 27 a. C.), como ser el Consulado, el Tribunado de la plebe y el Senado, según los testimonios de Polibio, Dionisio de Halicarnaso y Plutarco:

LOS CÓNSULES

Polibio, Vl.12
Los cónsules, mientras están en Roma y no salen de campaña con las legiones, tienen competencia sobre todos los negocios públicos, Los magistrados restantes les están subordinados y les obedecen, a excepción de los tribunos; también corresponde a los cónsules presentar embajadas al Senado. Además de lo dicho, deliberan sobre asuntos urgentes y son ellos los que ejecutan íntegramente los decretos... Corresponde a los cónsules convocar cada vez la asamblea, presentar las proposiciones y ejecutar los decretos votados por la mayoría. Su potestad es casi absoluta en lo que concierne a preparativos bélicos y a la dirección de las campañas... Además, en campaña, tienen la potestad de infligir cualquier castigo a sus subordinados. Disponen a su arbitrio de los fondos públicos les acompaña siempre un cuestor, presto a cumplir las órdenes recibidas. Si se considerara sólo este aspecto, no sería inverosímil decir que esta constitución es simplemente monárquica.

LOS TRIBUNOS DE LA PLEBE

Dionisio de Halicarnaso, VI.89 ss.
Estos cinco hombres fueron los primeros que recibieron la potestad tribunicia el cuarto día antes de los idus de diciembre, fecha que se ha mantenido hasta nuestros días. Terminada la elección, los enviados del Senado consideraron que todos los asuntos para los que los habían enviados estaban resueltos. Pero Bruto convocó una asamblea y aconsejó a los plebeyos que hicieran esta magistratura sagrada e inviolable, consolidando su seguridad con una ley y un juramento. Todos estuvieron de acuerdo y Bruto y sus colegas redactaron la siguiente ley: “Que nadie obligue a un tribuno de la plebe a hacer algo contra su voluntad, como si se tratara de una persona cualquiera, ni lo golpee, ni ordene a otro que lo haga, ni lo mate ni ordene matarlo. Si alguno viola alguna de estas prohibiciones, sea expulsado como impío y sus bienes consagrados a Ceres; y el que mate a alguno de los que realicen estos actos, quede libre de culpa”... A partir de entonces se estableció entre los romanos la costumbre de que las personas de los tribunos de la plebe fueran sagradas e inviolables, costumbre que se ha mantenido hasta nuestros días. Todavía pidieron al Senado que les permitiera designar cada año a dos hombres de la plebe para que ayudaran a los tribunos en lo que les pidieran para juzgar las causas que éstos les encomendaran y para que se encargaran de los lugares públicos y sagrados y del buen abastecimiento del mercado. Obtenida también esta concesión del Senado, eligieron a unos hombres a los que llamaron asistentes y colegas de los tribunos y jueces.

Plutarco, Cuestiones romanas, 81
Su autoridad y poder consisten en bloquear el poder de un magistrado y en la eliminación de una autoridad excesiva... Puesto que el tribunado deriva en su origen del pueblo, el elemento popular es muy fuerte; y de mucha importancia es el hecho de que el tribuno no se eleve sobre el resto del pueblo, sino que conforme su apariencia, forma de vestir y manera de vivir a la de los ciudada nos ordinarios... El tribuno no debe dificultar el acceso a él..., de ahí la costumbre de que la puerta de su casa perma-nezca abierta, de día y de noche, para servir de refugio para quien lo necesite. Todo lo humilde que es en apariencia es poderoso en realidad... convierten su persona en sagrada e inviolable.

EL SENADO

Polibio, VI.13
La atribución principal del Senado es el control del erario público, porque ejerce potestad sobre todos los ingresos y sobre la mayor parte de los gastos... los cuestores no pueden disponer de fondos públicos sin autorización del Senado. Este dispone también el dispendio mayor, el más costoso, que ordenan cada cinco años los censores para restaurar y reparar los edificios públicos; los censores deben recabar la autorización del Senado. De modo semejan-te, caen bajo la jurisdicción del Senado los delitos cometidos en Italia que exigen una investi-ga-ción pública, como son traiciones, perjurios, envenenamientos, asesinatos... Es incumben-cia del Senado enviar embajadas a países no italianos, cuando se necesita ya sea para lograr una reconciliación, para hacer alguna demanda o para intimar una orden, para recibir la rendición de alguien o para declarar la guerra. Cuando llegan embajadores a Roma, el Senado decide lo que debe contestárseles y el comportamiento que debe seguirse con cada uno.
Fuente: http://www.unav.es/hAntigua/textos/docencia/roma/practicas/didrom5.html

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